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mayo  4, 2024

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La teoría de las áreas monetarias óptimas y la moneda en el nuevo Código Civil

Por Eduardo Conesa


"Surge de la simple lectura de los arts. 765, 766 y 1390 del nuevo Código Civil una contradiccioìn, ya que el 765 indica que el deudor puede liberarse entregando el equivalente en moneda de curso legal en la República esto es, el peso, siguiendo así la vieja tendencia pesificadora del código de Velez Sarsfield, mientras que el 766 obliga a entregar la especie designada y el 1390 repite el concepto del 766. Todo ello revela a las claras la confusión del legislador entre dos concepciones distintas de la moneda. Por una parte la tendencia pro-dólar de la convertibilidad de 1991, y por otra parte, la tendencia pesificadora de Vélez. Aquí sostenemos que la postura de Vélez es claramente superior a la luz de la moderna teoría de las áreas monetarias óptimas, pero que, debido a la inflación que registra nuestro signo monetario, el peso, debe recurrirse a la variante chilena de desdoblar las funciones de la moneda y admitirse la indexación.

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Términos mencionados en esta doctrina: código, tendencia, pesificadora, indexación.

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